El Congreso
del Estado aprobó reformas a la Ley de Educación del Estado de Guerrero para
establecer responsabilidades y sanciones para quienes toleren, encubran o
desatiendan dentro de las instituciones educativas el acoso escolar; para
regular el uso de dispositivos móviles en escuelas, y para incorporar el
derecho de niñas y adolescentes, a vivir una menstruación digna, como parte de
sus derechos sexuales y reproductivos.
Estas
reformas, que fueron dictaminadas por la Comisión de Educación, Ciencia y
Tecnología, buscan prevenir, sancionar y erradicar el acoso escolar dentro de
las instituciones educativas, mejorar el aprendizaje de alumnas y alumnos de
educación básica, proteger la salud y garantizar una educación libre de
estigmas y tabúes para la niñez guerrerense.
Las
reformas en materia de acoso escolar fueron presentadas por la diputada María
Irene Montiel Servín y se coincide en que el acoso no debe ser tolerado por las
autoridades escolares, por lo que se establece que cuando tengan conocimiento
de esto tienen la obligación de actuar para frenar, inmediatamente, este tipo
de violencia que puede generar daños irreparables en la niñez y adolescencia de
las y los menores de edad.
De
manera que se adiciona el concepto de acoso escolar en la fracción I del
artículo 4, definiéndolo con absoluta claridad y se incorpora una nueva
fracción al artículo 137 para establecer como infracción la tolerancia o falta
de atención ante este tipo de conductas y se establecen consecuencias claras
para quienes, teniendo responsabilidad dentro de los planteles, toleren o
desatiendan estas conductas.
La
reforma al artículo 82 de la Ley de Educación del Estado de Guerrero para
regular el uso de dispositivos móviles en escuelas de nivel básico a fin de
mejorar el aprendizaje, proteger la salud emocional y prevenir riesgos como el
ciberacoso, fue propuesta por el diputado Pánfilo Sánchez Almazán.
Por
ello, esta reforma establece que el uso de dispositivos móviles durante el
horario escolar en el nivel básico deberá restringirse, permitiendo su
utilización únicamente para fines pedagógicos, en casos de emergencia familiar
o bajo situaciones debidamente justificadas, siempre bajo la supervisión del
personal docente o del Consejo de Participación Escolar.
También
se mandata a la Secretaría de Educación Guerrero que en coordinación con
autoridades escolares implementen programas de sensibilización y capacitación
dirigidos a estudiantes, madres y padres de familia, y al personal docente para
promover un uso responsable de la tecnología y prevenir los riesgos asociados.
Las
reformas y adiciones a los artículos 53, 60, 69 y 73 de dicha Ley fueron
planteadas por la diputada Marisol Bazán Fernández y se incorpora el
derecho de niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes a vivir una
menstruación digna, como parte de sus derechos sexuales y reproductivos,
garantizando una educación libre de estigmas y tabúes, promoviendo el acceso a
información precisa sobre salud menstrual, así como el fomento de entornos
escolares libres de discriminación y acoso.
Estas
modificaciones son un acto de justicia social y de responsabilidad
institucional para que desde la ley, niñas, adolescentes y mujeres de Guerrero
tengan acceso a una educación menstrual libre de estigmas, informada y con
acompañamiento docente. Esto permitirá a las autoridades educativas y de salud
diseñar, planear y gestionar las políticas públicas, los programas y los
presupuestos necesarios para hacer efectiva esta garantía.
Fundamentaron
los dictámenes los diputados María del Pilar Vadillo Ruiz, Pánfilo Sánchez
Almazán e Hilda Jennifer Ponce Mendoza, como integrantes de la Comisión, y
razonó su voto a favor la diputada Marisol Bazán Fernández.
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