● Piden que se deseche el proyecto de sentencia de la ministra María Estela Ríos González, listado para ser votado el jueves 26 de marzo, el cual evita pronunciarse sobre el fondo del asunto y propone devolver el expediente al juzgado de Campeche.
● Devolver el expediente constituye un retroceso para la justicia de los pueblos y comunidades indígenas, que llevan 6 años exigiendo la prohibición de los plaguicidas en su región.
● La petición de justicia para las comunidades de Hopelchén es respaldada por 17 mil firmas recabadas a través de la plataforma change.org y entregadas hoy en la SCJN.
Integrantes de 17 comunidades mayas de Hopelchén hacemos un atento llamado a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que desechen el proyecto de sentencia de la ministra María Estela Ríos González, listado para discutirse en la sesión de mañana, jueves 26 de marzo, sobre el amparo en revisión que interpusimos por la contaminación del agua por plaguicidas en nuestra región.
A pesar de reconocer las múltiples omisiones que cometió el Juez Primero de Distrito en Campeche, la ministra propone devolver el expediente a dicho Juez para que reponga el procedimiento y vuelva a emitir sentencia, en lugar de que sea el máximo tribunal del país quien se encargue de resolver la grave situación de contaminación que enfrentamos las comunidades mayas de la región.
En 2020, las y los integrantes de las 17 comunidades mayas de Hopelchén presentamos una demanda de amparo debido a la grave situación de contaminación y exposición a residuos de plaguicidas clasificados como altamente peligrosos a los que estamos expuestos.
En dicho amparo, las comunidades reclamamos a las autoridades responsables[1] omisiones y violaciones a nuestros derechos, tales como la ausencia de información sobre la calidad del agua, la omisión de monitorear los residuos de plaguicidas en el acuífero y en el agua de pozos para consumo humano, la autorización de múltiples plaguicidas altamente peligrosos que se aplican en nuestro territorio sin ninguna medida ni control, así como la contaminación y los riesgos a la salud y a la integridad personal que nos ha ocasionado la exposición prolongada a residuos de plaguicidas.
Lo anterior está avalado por diversos estudios —incluyendo información pública— que evidencian residuos de plaguicidas en el acuífero de la Península de Yucatán, en agua de pozos para el consumo humano, en agua embotellada, e incluso en orina y sangre de personas. De igual forma, en otros documentos se ha concluido que la calidad del agua en diversos puntos de Hopelchén no es apta para uso y consumo humano.
En el expediente se incluyen diversas pruebas que acreditan lo mencionado. A pesar de ello, el Juez de Distrito en Campeche consideró que las pruebas “no eran idóneas” para demostrar la situación de contaminación en Hopelchén, por lo que negó el amparo. Con esta decisión el juez omitió considerar obligaciones, facultades y lineamientos que debió atender, como son el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), del cual el Estado mexicano es signatario, así como principios de prueba aplicables en materia ambiental y e incluso Protocolos de actuación publicados por la propia SCJN, a fin de brindar la protección de la justicia a las comunidades mayas.
En mayo del 2025, la SCJN resolvió atraer el amparo en revisión que interpusimos las comunidades por considerar el gran interés y trascendencia que tiene este caso en temas relacionados con el derecho humano al agua y a un medio ambiente sano, así como con los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
Es así que llegamos al proyecto de sentencia de la ministra María Estela Ríos, quien está proponiendo devolver al mismo Juzgado el expediente de amparo para que se reponga el procedimiento, se aplique el principio de la reversión de la carga probatoria, se alleguen las pruebas necesarias y se emita una nueva sentencia. Esto implica evadir el fondo del problema que viven las comunidades mayas e ignora que se requieren acciones urgentes en contra de la política en materia de plaguicidas.
Se trata de un asunto ambiental que debe resolverse con una perspectiva intercultural, tomando en consideración nuestra identidad indígena y la relación diferenciada que tenemos con nuestros territorios. Los impactos de la contaminación por plaguicidas deben ser evaluados considerando la discriminación y vulnerabilidad estructural que las comunidades hemos vivido por mucho tiempo en el país. Devolver el expediente sería un retroceso e implicaría prolongar por más tiempo la demanda de justicia que las comunidades mayas hemos buscado desde hace 6 años.
Reiteramos nuestro llamado a las y los ministros a votar en contra del citado proyecto de sentencia y resolver el fondo del asunto, ordenando acciones urgentes que incluyan, entre otras: a) Generar información sobre el estado de la contaminación del acuífero de Hopelchén y de los pozos del sistema de agua potable; b) Aplicar políticas públicas que atiendan el problema de contaminación en el municipio; c) Actualizar las normas que determinan la calidad mínima que debe tener el agua de uso y consumo humano; d) Prohibir los plaguicidas altamente peligrosos en la agricultura de la región; e) Inspeccionar y vigilar la aplicación de plaguicidas en general; f) Implementar un programa de remediación ambiental (tratamiento del agua y suelos). Nuestra petición está respaldada por 17 mil firmas recabadas a través de la plataforma Change.org[2].
La sentencia de la Corte podría significar un nuevo parámetro de actuación para los jueces involucrados en asuntos de carácter ambiental, en donde se observen los principios de prevención, precaución, in dubio pro natura, reversión de la carga probatoria, entre otros, en concordancia con el Acuerdo de Escazú. Reiteramos nuestra petición a la SCJN para emitir una sentencia que atienda el fondo de las violaciones planteadas. Los ministros y las ministras tienen la oportunidad de emitir su voto considerando la máxima protección en favor de las 17 comunidades indígenas mayas afectadas.
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Video de la conferencia de prensa: Aquí
Prensa: Ricardo Ruiz - 5559644162 - ricardo_ruiz@cemda.org.mx
[1] Comisión Nacional del Agua (Conagua), Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Secretaría de Salud, Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), entre otras.
[2]Disponible en: https://c.org/FXtdB5bgRg
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