Proponen que aspirantes a magistrados no provengan de los órganos electorales



Con la finalidad de fortalecer la independencia, imparcialidad y confianza ciudadana en el Poder Judicial, la diputada Erika Lorena Lührs Cortés propuso reformas a la Constitución Política del Estado para incorporar entre los requisitos de elegibilidad de magistradas y magistrados el no haber sido consejera o consejero de un organismo electoral local o federal durante el año previo a la convocatoria correspondiente.

Desde tribuna, la diputada por Movimiento Ciudadano resaltó que su iniciativa pretende establecer condiciones institucionales que favorezcan el objetivo de la función jurisdiccional y las garantías para las personas que acuden a los tribunales en busca de justicia, así como responder al nuevo modelo de integración del Poder Judicial, en el que las magistradas y magistrados serán electos directamente por la ciudadanía, por lo que resulta necesario fortalecer los requisitos constitucionales de elegibilidad.

En ese sentido, indicó que las modificaciones pretenden establecer un periodo de separación de un año respecto de determinadas responsabilidades de conducción electoral, considerando que las funciones de las autoridades electorales y de los órganos jurisdiccionales son distintas y cumplen responsabilidades específicas dentro del Estado democrático. Esto es, precisó, que mientras las primeras participan en la organización, conducción y vigilancia de los procesos electorales, las segundas tienen a su cargo resolver controversias mediante la aplicación imparcial de la Constitución y las leyes.

Lührs propone que no puedan acceder inmediatamente a una magistratura quienes se hayan desempeñado durante el año previo a la emisión de la convocatoria por parte del Congreso, como consejeras o consejeros electorales o integrantes del órgano superior de dirección de un organismo público local electoral, consejeras o consejeros del Instituto Nacional Electoral, o vocales ejecutivos de una Junta Local del INE.

Esta iniciativa de reforma y adición a la fracción VI del artículo 96 de la Constitución Política del Estado fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos, para su correspondiente análisis y dictaminación. 


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